Colegiación online

Ejerciente LIBRE (POR CUENTA PROPIA) Ejerciente POR CUENTA AJENA NO Ejerciente y NO Ejerciente Tarifa Reducida
Fotocopia del TITULO DE GRADUADO SOCIAL o DIPLOMADO EN RELACIONES LABORALES o certificado de la Escuela Universitaria, que acredite haber abonado los derechos de expedición.

Fotocopia del Carné de Identidad

Una fotografía actual (formato .jpg, resolución 300 ppp, tamaño pixeles 224×295)

Impreso de solicitud de alta colegial. Para obtenerlo, pinche aquí

Impreso de domiciliación bancaria. Para obtenerlo, pinche aquí

Fotocopia de Alta de R.E.T.A.

Certificado de empresa acreditativo de relación laboral como Graduado Social

Copia recibo seguro RC

OBSERVACIONES:
Ejerciente Libre de la profesión por cuenta propia: Es aquel ejerciente de la profesión por cuenta propia bien en forma individual, bien de forma asociada o colectiva. Ejerciente de de la profesión por cuenta ajena: Es aquel ejerciente de la profesión por cuenta ajena mediando una relación laboral, y siempre que tal contratación sea precisamente en su calidad de Graduados Social.

CUOTA MENSUAL CUOTA INGRESO
EJERCIENTES LIBRES (POR CUENTA PROPIA) 46,10 € 248,00 €
EJERCIENTES POR CUENTA AJENA 46,10 € 248,00 €
NO EJERCIENTES 19,00 € 58,00 €
NO EJERCIENTES *Tarifa reducida 6,10 € 23,15 €

* TARIFA REDUCIDA DE NO EJERCIENTES: Podrán acogerse a esta modalidad los colegiados que soliciten su colegiación dentro de los tres años inmediatamente siguientes a la terminación de los estudios de Graduados Social o Relaciones Laborales. La tarifa reducida se aplicará como máximo dentro del periodo de los tres años desde la obtención del título (siempre que el colegiado no pase a situación de ejerciente de empresa o ejerciente libre). También se aplicará esta tarifa a aquellas personas que inicien su colegiación y demuestren su situación de desempleo mediante la aportación de la tarjeta de demanda debidamente formalizada. Esta situación deberá ser acreditada en el momento de la colegiación así como cada nuevo año natural, y la tarifa tendrá un límite de aplicación de tres años desde el momento de la colegiación, a no ser que por circunstancias determinadas así lo considere la Junta de Gobierno. Estas tarifas incluida la subida de IPC correspondiente a cada año han sido aprobadas por la Junta de Gobierno en Burgos, a 19 de febrero de 1999. Debe descargar y rellenar la solicitud de colegiación, escanearla y adjuntarla junto con el resto de documentos, comprimidos en formato ZIP.

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    Formatos válidos .pdf, .doc, .docx y .odt